Ley REP: nuevas obligaciones para pilas y aparatos eléctricos y electrónicos

La Ley N.º 20.920, conocida como Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), establece obligaciones para los productores de determinados productos prioritarios, entre ellos las pilas y los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE).

En este contexto, el D.S. N.º 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado el 7 de mayo de 2026, establece metas de recolección y valorización, además de otras obligaciones asociadas a los aparatos eléctricos y electrónicos y sus componentes.

¿Qué productos pueden estar comprendidos?

El D.S. N.º 22/2025 define los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) como aquellos aparatos y componentes de aparatos que, para funcionar debidamente, necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, así como los aparatos y componentes necesarios para generar, transmitir y medir dichas corrientes y campos, destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1.000 voltios en corriente alterna y 1.500 voltios en corriente continua.

Esta definición permite considerar no solo equipos eléctricos y electrónicos completos, sino también determinados componentes que forman parte de estos aparatos. Por ello, la aplicabilidad de la normativa debe analizarse según las características, función y condiciones de comercialización de cada producto.

Para efectos de la Ley REP, los AEE se clasifican en tres categorías:

  • Aparatos de intercambio de temperatura (AIT).
  • Paneles fotovoltaicos (PFV).
  • Otros aparatos eléctricos y electrónicos.

En este contexto, empresas que comercializan aparatos, componentes y otros productos eléctricos o electrónicos deberían revisar si sus productos se encuentran comprendidos dentro de esta definición y qué obligaciones les corresponden.

¿Qué deben revisar las empresas?

Las empresas que importan o introducen por primera vez productos al mercado chileno deberían revisar, entre otros aspectos:

  • Si la empresa califica como productor para efectos de la Ley REP.
  • Si los productos comercializados se encuentran comprendidos dentro de la definición de AEE.
  • A qué categoría corresponde cada producto: AIT, paneles fotovoltaicos u otros AEE.
  • Si determinados componentes eléctricos o electrónicos se encuentran comprendidos dentro del alcance de la normativa.
  • Las cantidades y pesos de los productos introducidos al mercado.
  • Las obligaciones de información y declaración que correspondan.
  • Si los equipos incorporan pilas que deban considerarse separadamente.
  • Las obligaciones relacionadas con envases y embalajes, que cuentan con un régimen REP actualmente operativo.

Por lo tanto, productos como componentes eléctricos, conductores, materiales de baja tensión y otros productos utilizados en instalaciones o equipos eléctricos y electrónicos pueden requerir una revisión específica para determinar si se encuentran comprendidos dentro del alcance de la normativa, considerando las características y función de cada producto.

¿Cuándo comienzan las nuevas obligaciones?

El D.S. N.º 22/2025 fue publicado el 7 de mayo de 2026. Las disposiciones relacionadas con las metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas entrarán en aplicación conforme a los plazos establecidos en el propio decreto.

Además, durante el cuarto trimestre de 2026 se contempla la declaración correspondiente a los productos prioritarios introducidos al mercado durante 2025, incluyendo pilas y aparatos eléctricos y electrónicos.

Por esta razón, es recomendable que las empresas comiencen desde ahora a identificar sus productos, recopilar las cantidades y pesos comercializados y revisar su eventual calidad de productor REP, evitando esperar hasta el momento de la declaración.

¿Cómo puede apoyar INGCER?

En INGCER podemos apoyar a las empresas en la evaluación de aplicabilidad de la Ley REP y del D.S. N.º 22/2025, revisando sus productos y ayudando a identificar si se encuentran comprendidos dentro de la definición de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE).

Esta evaluación puede considerar tanto aparatos completos como determinados componentes y productos eléctricos y electrónicos, permitiendo identificar las obligaciones regulatorias que podrían corresponder y las eventuales brechas de información que la empresa deba abordar.

Si necesita evaluar la aplicabilidad de la Ley REP a sus productos, contáctenos.

Fuentes: Biblioteca Congreso Chile